SOBRESEIMIENTO LIBRE Y PROVISIONAL: ¿QUÉ DIFERENCIAS HAY? 

El lenguaje jurídico es complejo y tiene multitud de términos que resultan del todo extraños para aquellas personas que no están en contacto con el mundo del Derecho. Muchos de estos conceptos técnicos precisan y acortan distintas situaciones que se pueden dar dentro de un procedimiento judicial. Este es el caso del sobreseimiento. Si te preguntas qué es el sobreseimiento, qué tipos hay y qué diferencia hay entre ellos, sigue leyendo.

¿Qué es el sobreseimiento?

 

El sobreseimiento es la resolución por escrito emitida por un juez, en concreto a través de un auto, por el que se pone fin a una investigación penal, bien de forma definitiva, bien de forma provisional. Así, el juez da por finalizado el procedimiento por falta de causas que justifiquen la acción de la justicia.

Esto es así porque no existen pruebas suficientes o no existen ciertos presupuestos, de forma que el juez, basándose en estas circunstancias, decide no conocer el fondo del asunto y poner fin al procedimiento, el cual termina sin sentencia.

Sobreseimiento libre vs. sobreseimiento provisional: diferencias entre ellos

 

Dentro del sobreseimiento existen dos tipos distintos: el sobreseimiento libre o definitivo y el sobreseimiento provisional. Veamos ambos tipos y qué les diferencian.

EL SOBRESEIMIENTO LIBRE O DEFINITIVO

 

El sobreseimiento libre o definitivo, como su propio nombre indica, es el archivo definitivo del procedimiento penal. Así, el juez decide archivar la causa y cerrarla, actuando de tal manera cuando se dan los siguientes supuestos:

  • Cuando el hecho objeto del procedimiento no constituye ningún delito.
  • No hay indicios racionales que fundamenten que el hecho objeto de la causa penal se haya llevado a cabo.
  • Cuando los procesados como autores o cómplices del delito están exentos de responsabilidad penal. Esto pasaría, por ejemplo, en el caso de una persona incapaz por tener alterada, por ejemplo, la percepción de la realidad, en cuyo caso sería inimputable.

EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL

 

El sobreseimiento provisional conlleva el archivo provisional del procedimiento penal, de forma que, aunque la causa penal está cerrada, al estarlo de forma temporal, se puede volver a abrir si aparecieran nuevas pruebas o indicios.

Así, las diferencias entre el sobreseimiento libre y el provisional son las siguientes:

  • Mientras el sobreseimiento libre produce efectos de cosa juzgada, el sobreseimiento provisional no produce estos efectos.
  • Mientras el sobreseimiento libre provoca que la causa penal no pueda ser reabierta, el sobreseimiento provisional permite que la causa penal pueda reabrirse si existieran indicios o pruebas nuevas.
  • En el sobreseimiento provisional las acusaciones particulares y el Ministerio Fiscal pueden seguir investigando para intentar encontrar indicios o pruebas, bien de delito, bien para averiguar quién es el responsable de los hechos. Así, cualquiera de las partes, incluido el Ministerio Fiscal, podrán solicitar al juez que se reabra la causa cuando hayan recabado nuevas pruebas. Sin embargo, en el caso del sobreseimiento libre, al estar la causa penal cerrada definitivamente, las partes no pueden seguir investigando.
  • El sobreseimiento libre es de carácter definitivo, mientras que el sobreseimiento provisional tiene un carácter temporal que, en ningún caso, podrá extenderse una vez el delito haya prescrito. Así, si el delito prescribiera estando decretado el sobreseimiento provisional de la causa penal, esta dejaría de existir. Una vez prescrito el delito no se puede juzgar a nadie por los hechos prescritos.

Lo que está claro es que, ya sea uno u otro tipo, el sobreseimiento es un concepto que indica la suspensión de un procedimiento penal, ya sea definitiva o provisionalmente.

En caso de duda o aclaración que puedan tener al respecto, pueden ponerse en contacto con un abogado especialista en Derecho Penal de UNAES  más cercano a ústed en info@unaes.es.

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