¡¡¡Cuidado!!!, nuevos límites de velocidad en vías urbanas

Cada vez hay más accidentes en pequeños trayectos, sobre todo en los realizados en vías urbanas. Debido a que en este tipo de trayectos ponemos menos atención y medidas de seguridad por considerar que son más sencillos y por ende menos peligrosos. 

Pero para evitar esto, o al menos ése es el pretexto, han sacado una nueva normativa que os explicamos a continuación.

Sobre todo se han centrado en la limitación de la velocidad en las vías urbanas; mediante un nuevo Reglamento de Circulación que se aprobó en Consejo de Ministros el pasado 10 de noviembre.

Nuevos límites de velocidad

Los nuevos límites de velocidad que han entrado en vigor desde el 11 de mayo son los siguientes:

      • 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera.

      • 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación.

      • 50 km/h en vías de 2 o más carriles por sentido de circulación

 

Con estos nuevos límites, la DGT pretende reducir los accidentes de tráfico en vías urbanas, mejorando así la seguridad vial de los conductores. 

Las multas por superar la velocidad permitida

Las multas por no respetar los límites de velocidad vienen recogidas en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y son las siguientes en cada caso:

      • Exceder el límite de 20 km/h en vías de plataforma única:

          - Conducir entre 21 y 40 km/h supondrá una multa de 100 euros sin puntos. 

          - Hacerlo entre 41 y 50 km/h se sancionará con 300 euros y un punto.

          - Superarlo por circular entre 51 y 60 km/h serán 400 euros y 4 puntos. 

          - A partir de 71 km/h la multa va a ser de 600 euros y 6 puntos.

 

      • Exceder el límite de 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación: 

          - Circular entre 31 y 50 km/h costará 100 euros sin puntos.

          - Hacerlo entre 51 y 60 km/h tendrá una multa de 300 euros y un punto.

          - Entre 61 y 70 km/h la sanción será de 400 euros y 4 puntos. 

          - A partir de 81 km/h la multa se eleva a 600 euros y 6 puntos.

 

      • Exceder el límite de 50 km/h en vías de 2 o más carriles por sentido de circulación: 

          - Conducir entre 51 y 70 km/h se sanciona con 100 euros sin puntos.

          - Hacerlo entre 71 y 80 km/h se multa con 300 euros y 2 puntos.

          - Entre 81 y 90 km/h la multa es de 400 euros y 4 puntos. 

          - A partir de 101 km/h la multa es de 600 euros y 6 puntos.

 

Así pues, desde nuestro despacho os instamos a cumplir la nueva normativa, ya que por un lado podemos salvar vidas y por otro a final de mes vuestro bolsillo lo agradecerá. Aprovechamos para comentaros que nuestro equipo jurídico recurre multas puestas de forma injusta o injustificada y si bien hay que pagar por lo que está mal hecho, no por lo que otros dicen sin fundamento que lo está.

Artículo escrito por Sandra Hernanz Terrero, Abogada Especialista en Matrimonial y Derecho de Familia, Extranjería y Violencia de Género.

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