LA VIVIENDA EN LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD

Uno de los temas mas controvertidos de la Ley de Segunda Oportunidad es la cuestión relativa a la vivienda. Según este proceso el deudor que quiera solicitar la exoneración de las deudas, o sea cancelarlas, deberá previamente liquidar sus bienes (propiedades o activos que tenga) o entregarlos a los acreedores y demostrar que no tiene dinero líquido suficiente para pagar sus deudas.

Todos los que tengan una vivienda u otra tipología de bien inmueble obviamente se preocupan pensando que van a perder su propia casa por la que pagan también hipoteca.

No hay que olvidar que el artículo 47 de la Constitución todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada.

Hay que decir que en esta área del derecho hay una evolución constante en la jurisprudencia y en la practica realizada por sus varios operadores jurídicos (abogados, jueces y notarios). 

De hecho, una de las novedades más significativas en los últimos meses es que recientemente los jueces de lo mercantil y Juzgado de Primera Instancia número 50 de Barcelona han alcanzado un acuerdo según el cual respecto la vivienda familiar en el concurso consecutivo, el concursado mantiene la propiedad de su vivienda.

Esperamos que este tipo de resolución se difunda también a nivel nacional y bajo ciertos supuestos como actualmente son el poder asumir la cuota hipotecaria y que el valor actual del inmueble no sea muy superior al de la hipoteca, se aplique a todo deudor de buena fe (o sea que haya previamente intentado alcanzar un acuerdo con los acreedores y no tenga sentencias firmes de condena por delitos socio económicos), que solicite la exoneración de las deudas.

Recordamos la importancia de analizar caso por caso y verificar los supuestos para acogerse a este tipo de mecanismo consultando un despacho especializado.

D. Silvio de Candia Tempone abogado especialista en Derecho Bancario perteneciente al despacho MALEY ABOGADOS es especialistas en asesoramiento y tramitación de este tipo de asuntos. Infórmate sin compromiso al correo silviodecandia@maleyabogados.com o llamando al 657.386 756. 

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