TODOS CONTRA EL CÁNCER DE MAMA

A estas alturas rara es, por desgracia, la persona que no ha visto menoscabada su familia, grupo de amig@s, entorno laboral,…, por algo que mata y lleva matando durante demasiado tiempo, unámonos contra el cáncer de mama.

Podría escribir folios y folios, sin más que testimonios de afectadas, médicos, familiares y allegados, datos escalofriantes, la descripción de un llanto ahogado y sostenido en el tiempo cual réquiem,…, podría, podría muchas cosas, pero no quiero, quiero hablar los derechos que tienen esas mujeres y los deberes que la legislación ha contraído con ellas.

La Asociación de pacientes Europa Donna (carta a la cual se suscribió más tarde la Federación Española de Pacientes con Cáncer de Mama), establece que en primer lugar han de cubrirse de forma efectiva las necesidades físicas y psicológicas de las pacientes afectadas, que tras una exploración positiva en el centro de atención primaria han de derivarse dentro de las 4 primeras semanas a un centro especializado y darse un diagnóstico por un equipo multidisciplinar de cirujanos de la mama, ginecólogos, radiólogos, anatomopatólogos, oncólogos médicos, oncólogos radioterapeutas, enfermería especializada, psicólogos y fisioterapeutas.

También tienen derecho a una segunda opinión y a realizar terapias alternativas o complementarias, sin que esto suponga una traba o perjuicio para la atención médica que están recibiendo; también los profesionales están obligados a dar todas las alternativas al paciente a fin de que sea este quien tome la última decisión.

Cualquier información relativa a los pacientes que sufran esta u otra enfermedad han de ser tratados conforme a la Ley de Protección de Datos, debiendo ser en estos casos garantes al 100% de la privacidad de los mismos.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 25.1. dice que  “el cáncer es una enfermedad que pone en riesgo la vida del individuo. Los agentes político-sanitarios garantizarán en todo caso el acceso universal a la sanidad independientemente de su nacionalidad, lugar de residencia, edad, educación, nivel de ingresos o de cualquier otro factor, elaborando para ello las políticas y presupuestos necesarios para establecer una atención que cubra las necesidades del paciente oncológico”.

En el ámbito laboral acorde al Estatuto de los Trabajadores a falta de convenio concreto también protege estas situaciones por lo que no se podrá “castigar” de forma alguna a un trabajador por estar enfermo, debiendo las leyes contrariamente facilitar su inclusión de forma efectiva en el mundo laboral, evitando la discriminación y acoso a este colectivo.

Por ello podrán si así es estimado por el equipo facultativo a discapacidades e incapacidades temporales, absolutas o permanentes, dependiendo de su grado de afectación, pudiendo solicitar ayudas económicas con el fin de facilitar el periodo de enfermedad.

En definitiva, dejemos de ver enfermos y veamos a personas con un problema de salud durante un periodo de su vida, pero que son plenamente aptas y capaces, sólo necesitan que las administraciones les den un soporte anímico, físico o económico, porque si bien es cierto que es la gran enfermedad de nuestro siglo, también es cierto que se sale, que la gran mayoría vive, no sobrevive, vive de forma plena.

Me sumo a la frase de una afamada marca “saca pecho por todas”.

Un ejemplo de lucha es mi abuela antonia que en la década de los 50, con 46 años, falleció tras una larga lucha por salir adelante a pesar de la falta de medios económicos y sociales que tenían las mujeres con cáncer de mama, siendo un claro ejemplo superación.

Por todas aquellas Antonias que fallecieron sin medios y sin ayudas, mis más sentido reconocimiento y homenaje.

ARTÍCULO ESCRITO POR SANDRA HERNANZ TERRERO, ABOGADA ESPECIALISTA EN MATRIMONIAL Y DERECHO DE FAMILIA, EXTRANJERÍA Y VIOLENCIA DE GÉNERO.

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